Abierto el plazo para la Declaración de la Renta 2023
El pasado martes 11 de abril dio comienzo la campaña de la Declaración de la Renta 2023. Pese al estado de alarma, la Agencia Tributaria mantiene su calendario fiscal con respecto a este impuesto, cuyo plazo de presentación finaliza el 30 de junio. Para conocer todos los detalles sobre este trámite quédate con nosotros.
Declaración de la Renta 2023
Lo primero a tener en cuenta antes de proceder con la elaboración de la Declaración es tener claro si se tiene la obligación o no de realizarla. Están exentos de presentar este impuesto aquellos individuos que hayan percibido por su trabajo un importe inferior a los 22.000 € anuales procedentes de un único pagador. Por el contrario, aquellos que hayan obtenido más de 14.000 € de varios pagadores sí están obligados a realizarla en el caso de que la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supere la cifra de 1.500 € anuales.
Si ya tienes claro que tienes la opción o la obligación de realizar la declaración debes tener en consideración las denominadas rentas exentas. Es decir, aquellos ingresos fiscales que no tributan al IRPF. Entre los más comunes están:
- Indemnizaciones por despido o cese del trabajador
- Anualidades por pensión alimenticia a favor de los hijos
- Planes de ahorro a largo plazo
- Rendimientos por trabajo en el extranjero
- Retribuciones por maternidad o paternidad
- Indemnizaciones por daños personales
- Becas
- Premios literarios, artísticos o científicos
- Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez
Para obtener más información y conocer todos los pormenores sobre las rentas exentas puedes dirigirte al sitio web de la Agencia Tributaria.
¿Cómo presentar la Declaración de la Renta?
Una vez el contribuyente haya preparado el borrador de su Declaración de la Renta 2023 tiene tres opciones para presentarla: online, por teléfono o presencial.
Online
Puede realizarse por dos vías, a través de Renta Web o por la aplicación Agencia Tributaria. En ambos casos el contribuyente deberá identificarse usando el número de referencia, la clave Pin o el certificado electrónico. A través de estos dos servicios el usuario tiene la posibilidad de consultar los datos fiscales, presentar la declaración, recibir notificaciones, etc.
Por teléfono
Gracias al plan “Le llamamos” existe la posibilidad de presentar la Declaración de la Renta por vía telefónica. Para disponer de este servicio, que estará disponible desde el 7 de mayo, el contribuyente deberá concertar cita previa a partir del 5 de mayo por Internet o en los teléfonos 901 22 33 44 o 915 53 00 71.
Presencial
Para tramitar la Declaración de la Renta en las oficinas de la Agencia Tributaria el contribuyente deberá reservar cita previa a partir del 5 de mayo. Este servicio estará disponible desde el 13 de mayo.
Si tienes dudas sobre cómo realizar tu borrador de la Declaración de la Renta o quieres evitar trámites engorrosos, en Marín Consulting ponemos a tu disposición a nuestros asesores fiscales expertos para ayudarte con este procedimiento.