La Xunta de Galicia ha dado un paso importante para fomentar la contratación de personal en la región, anunciando recientemente una serie de ayudas publicadas en el Diario Oficial de Galicia (DOGA).
Ayudas para la Contratación de Trabajadores por Cuenta Ajena
A través del comunicado emitido el 19 de enero de 2024, se detallan los requisitos generales y las distintas líneas de incentivos disponibles para las empresas y personas empleadoras. Estos incentivos, enmarcados en el Procedimiento TR342C, abarcan tanto contrataciones indefinidas como acciones formativas, con el objetivo de dinamizar el mercado laboral gallego.
Líneas de Incentivos para la Contratación por Cuenta Ajena
Condiciones y Colectivos Beneficiarios
Para empezar, las empresas y personas empleadoras que deseen acceder a los incentivos deben ajustarse a ciertos requisitos específicos. En este sentido, se prioriza la contratación de colectivos vulnerables, como personas jóvenes, parados de larga duración, mayores de 52 años, emigrantes retornados, personas extranjeras, mujeres, y aquellas en riesgo de exclusión social o con discapacidad. Este enfoque inclusivo busca no solo impulsar el empleo, sino también abordar desigualdades laborales existentes.
Periodo Subvencionable y Cuantías
Asimismo, el periodo subvencionable abarca desde el 30 de septiembre de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2024. Durante este lapso, las empresas pueden beneficiarse de incentivos que varían según el tipo de contratación. Por ejemplo, las contrataciones indefinidas iniciales pueden recibir hasta 24.500€, con cuantías específicas para diferentes colectivos, como 6.000 € para personas jóvenes y 14.000 € para personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social. Se destaca la flexibilidad en el caso de contratos a tiempo parcial, donde las cuantías se ajustan proporcionalmente al tiempo efectivo de trabajo.
Exclusiones
También, es crucial señalar las exclusiones que limitan la elegibilidad de las ayudas. Contratos con familiares directos, relaciones laborales especiales, y contrataciones recientes en la misma empresa son ejemplos de situaciones excluidas.
Incentivos a la Formación: Potenciando Conocimientos y Habilidades
Acciones Subvencionables y Requisitos
Por otra parte, junto a los incentivos a la contratación, se ofrece una línea adicional para fomentar la formación de los trabajadores. Aquí, las empresas pueden recibir incentivos para la formación presencial o en modalidad de teleformación de las personas contratadas indefinidamente. La formación debe ser de un mínimo de 70 horas y realizarse dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato.
Cuantía y Plazo de Solicitud
Además, cada persona contratada puede generar un incentivo de 4.000 €, lo que destaca el valor asignado a la formación como elemento clave en el desarrollo profesional. El plazo para solicitar estos incentivos se extiende desde el 26 de enero de 2024 hasta el 29 de septiembre, proporcionando a las empresas un margen de tiempo para planificar y ejecutar acciones formativas efectivas.
Obligaciones y Compromisos Empresariales
Por último, las empresas beneficiarias deben cumplir con diversas obligaciones, desde estar al día en las obligaciones de pago con organismos pertinentes hasta notificar cualquier cambio relacionado con la subvención, pasando por mantener al empleado por un mínimo de 2 años.
Ayudas para la Contratación Indefinida
Mediante el comunicado lanzado durante el 29 de enero del 2024, se detallan los requisitos generales y beneficios de dos programas clave: el Programa de Ayudas a Personas Trabajadoras Autónomas y el Bono de Incentivos a la Contratación de Personas Desempleadas, ambos enmarcados dentro del Procedimiento TR349F.
Programa de Ayudas a Personas Trabajadoras Autónomas
Requisitos y Beneficiarios
Para empezar, el programa se centra en personas trabajadoras autónomas o profesionales gallegos que realicen contrataciones indefinidas iniciales. Se excluyen sociedades civiles, comunidades de bienes y autónomos colaboradores.
Tipos de Subvenciones
Asimismo, el programa ofrece dos subvenciones compatibles entre sí: el «Bono Contratación» y el «Bono de Formación» (opcional). El primero busca incentivar la contratación indefinida de personas desempleadas, mientras que el segundo promueve acciones formativas para mejorar habilidades laborales.
Bono de Incentivos a la Contratación de Personas Desempleadas
Requisitos para Subvencionar Contrataciones
No obstante, las contrataciones subvencionables deben cumplir ciertos requisitos, como la inscripción de las personas desempleadas en el SEPE, realizarse durante el periodo subvencionable y comunicarse al SEPE a través de la aplicación contrat@.
Incentivos y Cuantías
A su vez, las cuantías de los incentivos varían según la persona contratada y su situación. Para la primera persona indefinida desempleada, la cuantía es de 7.500€, con posibles incrementos del 15%. Para la segunda y tercera persona, la cuantía aumenta a 9.000€, con la posibilidad de alcanzar los 17.600€ con incrementos acumulables.
Exclusiones y Obligaciones para Entidades Beneficiarias
Sin embargo, se excluyen relaciones laborales especiales, contratos con familiares cercanos y contrataciones con trabajadores que hayan prestado servicios previos en la misma empresa. Las entidades beneficiarias deben comprometerse a mantener al empleado por al menos 2 años, estar al día en sus obligaciones de pago y notificar cualquier modificación relacionada con la subvención.
Bonos de Incentivos a la Formación
Acciones Subvencionables y Cuantía
Por otra parte, las personas autónomas pueden solicitar un bono de formación para las personas trabajadoras subvencionadas. La formación debe ser de un mínimo de 70 horas y realizarse dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato. La cuantía es de 4.000€ por persona contratada.
Plazo de Solicitud y Costes de Tramitación
Finalmente, el plazo para solicitar el bono de contratación y el bono de formación es desde el 5 de febrero hasta el 29 de septiembre. Además, se informa sobre costes de tramitación, donde se cobrarán 50 euros más IVA y un 10% + IVA del importe recibido en concepto de subvención.